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El Gobierno sostiene que un hijo indeseado no daña la salud de la mujer

El Gobierno ha defendido que uno de los argumentos que le lleva a reformar la Ley del Aborto de 2010 es que "no se sostiene" emitir juicios atribuyendo "hipotéticas y negativas" consecuencias sobre la salud de la mujer, si ésta no decide interrumpir su embarazo no deseado. Así se recoge, según informa Europa Press, en una respuesta parlamentaria dirigida a la diputada de ICV Laia Ortiz, en la que esta preguntaba al Ejecutivo sobre la exclusión de la malformación fetal como causa legal del derecho a la interrupción voluntaria del embarazo que anunció el ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, en verano.

El Gobierno justifica que su reforma “no se basa en frías estadísticas” y que son “multitud” las normas internacionales y del ordenamiento jurídico español las que amparan y extienden el derecho a la no discriminación a todas las personas. Y es que Gallardón justifica esa parte de la reforma –en realidad pretende reformar toda la ley de Salud Sexual y reproductiva para eliminar el plazo de aborto libre que actualmente permite a la mujer interrumpir su embarazo sin justificación hasta la semana 14— en un texto de Naciones Unidas, la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con discapacidad.

La ONU en 2010, tras las quejas de dos asociaciones de personas discapacitadas, recomendó a España modificar la posibilidad de abortar por “razón de discapacidad exclusivamente”. Sin embargo, la ley actual no habla de discapacidad sino de anomalías fetales graves. La regulación permite abortar a la mujer hasta la semana 22 si dos médicos diagnostican que el feto sufre anomalías fetales graves y después de ese tiempo, y sin plazo, si las anomalías diagnosticadas por un comité médico designado por las comunidades autónomas se consideran extremadamente graves e incurables o incompatibles con la vida

El Gobierno ha recalcado en su respuesta a Ortiz que la reforma de la actual legislación sobre el aborto se inspirará y respetará ese principio universal que se configura como uno de los derechos humanos que “merece mayor protección”. Dice que seguirá las recomendaciones hechas en octubre de 2011, cuando ya estaba en vigor la Ley promovida por el anterior Gobierno, por el Comité de Seguimiento de Naciones Unidas, que ha dado de plazo hasta 2015 para que España subsane las contradicciones entre la legislación española sobre el aborto y la Convención. El Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero ya contestó a la ONU tras recibir la recomendación alegando que la ley no chocaba en ningún caso con la Convención.

La ley permite a la mujer abortar, sin plazo, si un comité médico diagnostica anomalía fetales extremadamente graves

La mayoría de los países de Europa – a excepción de Irlanda y Malta— permiten la interrupción del embarazo por malformación del feto. En Francia, Alemania, Grecia o Reino Unido —incluso Polonia— ese supuesto no tiene límite de tiempo si la anomalía se considera extremadamente grave; como en España. En otros estados, como Suecia o Dinamarca, las mujeres tienen esta opción hasta la semana 24 de gestación. En España, las intervenciones por este motivo son apenas el 3% de los abortos registrados cada año.

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